Ayudas para comunidades de vecinos que instalan varios puntos de recarga

Si tu comunidad de vecinos está valorando instalar varios puntos de recarga a la vez (ver nuestro artículo [recarga colectiva vs. recarga individual en comunidades: ventajas y desventajas] si todavía no lo tenéis claro), es habitual buscar información sobre ayudas específicas para este tipo de proyecto colectivo. Vamos a ser directos: hoy en día no existe una subvención directa estatal para este supuesto, aunque sí existió en el pasado reciente, y conviene entender bien qué cambió y qué opciones te quedan ahora.

Lo que existió: el Plan MOVES III también subvencionaba instalaciones colectivas

Durante su vigencia (hasta el 31 de diciembre de 2025), el Plan MOVES III reconocía expresamente a las comunidades de propietarios como beneficiarias directas de sus ayudas, tanto para instalaciones completas como para preinstalaciones (canalizaciones y cuadro eléctrico común, pensados para conectar puntos de recarga individuales más adelante). El procedimiento habitual incluía:

  • La comunidad, a través de su presidente como representante legal, presentaba la solicitud junto con el certificado del acta correspondiente.
  • La ayuda podía cubrir un porcentaje relevante del coste subvencionable (equipo, protecciones, legalización, obra civil, ingeniería y dirección de obra).
  • El importe se abonaba directamente a la comunidad, que después lo repartía entre los propietarios participantes según lo acordado.

Si ves esta información en otras webs presentada como vigente en 2026, corresponde a un programa que ya no admite nuevas solicitudes: es exactamente el tipo de contenido desactualizado del que ya hablamos en nuestro artículo [ayudas autonómicas para cargadores de coche eléctrico por comunidad autónoma].

La situación actual: sin subvención directa equivalente

Como explicamos también en [diferencias entre el antiguo Plan MOVES y el nuevo Plan Auto Plus], el Plan Auto+ que ha sustituido parcialmente al MOVES III cubre exclusivamente la compra de vehículos, no infraestructura de recarga, ni individual ni colectiva. Esto significa que, a día de hoy, una comunidad que quiera instalar varios puntos de recarga no cuenta con una vía de subvención directa equivalente a la que existía hace apenas un año.

Lo que sí puede existir, de forma variable e incierta, son convocatorias autonómicas o municipales puntuales que incluyan a las comunidades de propietarios entre sus beneficiarios, algo que solo se puede confirmar consultando la fuente oficial de tu región en el momento en que planifiquéis el proyecto (ver el procedimiento recomendado en nuestro artículo [plazos y convocatorias abiertas de ayudas para recarga doméstica]).

Entonces, ¿qué le queda a una comunidad hoy? La deducción del IRPF, aplicada de forma individual

Aquí está el matiz más importante para un proyecto colectivo: la deducción del 15% en el IRPF (hasta 600 € de ahorro por vivienda, ver el detalle completo en nuestro artículo [deducción en el IRPF por instalar un punto de recarga: requisitos]) no la solicita la comunidad como tal, porque una comunidad de propietarios no presenta declaración de IRPF. Lo que ocurre en la práctica es:

  • Cada propietario que participa en el proyecto colectivo y paga su parte proporcional del coste (tanto de la infraestructura común como de su punto de recarga individual) puede aplicarse la deducción en su propia declaración, sobre la cantidad que él mismo ha pagado.
  • Es fundamental que la facturación quede bien desglosada por propietario, de modo que cada uno pueda justificar exactamente cuánto ha pagado él, con su propio justificante de pago por medios bancarios (recuerda: nunca en efectivo, como explicamos en nuestro artículo [cómo justificar la factura del cargador para la deducción fiscal]).
  • Si la instalación se factura de forma global a la comunidad y esta reparte el coste internamente sin una facturación individualizada clara, puede complicarse que cada propietario justifique su parte concreta ante Hacienda. Por eso, en un proyecto colectivo, conviene pedir al instalador desde el principio que emita facturas individualizadas (o, al menos, un desglose claro por propietario dentro de la factura global), pensando en que cada vecino quiera aplicarse su deducción por separado.

Recomendaciones prácticas para un proyecto colectivo pensando en la fiscalidad

  1. Pide al instalador un presupuesto que distinga claramente el coste de la infraestructura común y el coste del punto de recarga individual de cada propietario participante.
  2. Solicita facturación individualizada por propietario, o un desglose suficientemente claro dentro de la factura global, para que cada uno pueda justificar su parte ante Hacienda.
  3. Asegúrate de que cada propietario paga su parte por medios bancarios trazables, no en efectivo ni mediante compensaciones informales entre vecinos, para no poner en riesgo la deducción de nadie.
  4. Guardad copia del boletín eléctrico de toda la instalación, ya que es un documento que cada propietario podría necesitar para justificar su propia deducción.
  5. Verificad, antes de cerrar el proyecto, si existe alguna convocatoria autonómica activa que pueda aplicar a instalaciones colectivas en vuestra región, siguiendo el procedimiento de comprobación que explicamos en nuestros artículos sobre ayudas autonómicas y plazos.

Un apunte sobre el reparto de costes y la deducción

Si el proyecto colectivo se financia de forma desigual entre los propietarios (por ejemplo, quienes instalan su punto de recarga desde el primer momento pagan más que quienes solo contribuyen a la infraestructura común pensando en el futuro), cada propietario solo podrá deducirse el 15% de lo que él mismo haya pagado realmente, no una parte proporcional del coste total del proyecto si no coincide con lo que ha desembolsado. Es un punto que conviene tener claro desde el principio para evitar sorpresas o cálculos incorrectos en la declaración de cada vecino.

Resumen

  • El Plan MOVES III sí reconocía a las comunidades de propietarios como beneficiarias directas de subvención, pero ese programa cerró a finales de 2025.
  • Hoy no existe una subvención directa estatal equivalente para instalaciones colectivas en comunidades de vecinos.
  • La vía que sí sigue disponible es la deducción del 15% en el IRPF, pero se aplica de forma individual por cada propietario sobre lo que él mismo ha pagado, no como una ayuda a la comunidad en su conjunto.
  • Es clave pedir facturación individualizada o bien desglosada desde el principio del proyecto, para que cada vecino pueda justificar correctamente su propia deducción.

Preguntas frecuentes

¿Puede la comunidad de propietarios, como tal, aplicarse alguna deducción fiscal? No directamente: una comunidad de propietarios no tributa por IRPF. La deducción la aplica cada propietario individualmente en su propia declaración, sobre la parte del coste que él mismo ha pagado.

¿Es mejor que la comunidad pague todo y luego repercuta el coste a cada vecino, o que cada vecino pague directamente su parte al instalador? Desde el punto de vista fiscal, suele ser más sencillo que cada propietario pague directamente su parte al instalador (o que quede perfectamente individualizado en la facturación), ya que así cada uno dispone de su propio justificante de pago, sin depender de cómo la comunidad gestione internamente el reparto de un pago colectivo.

¿Si en el futuro se abre una ayuda autonómica para comunidades, sería compatible con la deducción del IRPF de cada vecino? En principio sí, aunque habría que descontar la parte de subvención recibida de la base sobre la que cada propietario calcula su deducción individual, igual que ocurre con cualquier otra subvención pública recibida para la misma instalación.


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